Corte del puente internacional: Para el fiscal Tesoriero no hay delito si abren el tránsito “cada tanto”

El fiscal federal Juan Carlos Tesoriero expresó que según la jurisprudencia local y nacional en cuanto a cortes de vías de comunicación, no se configura como delito si los manifestantes abren el tránsito “cada tanto” como está ocurriendo con este corte, o exista alguna vía alternativa. 


Audio : Fiscal federal Juan Carlos Tesoriero – Radio República

 “Nosotros seguimos una jurisprudencia nacional y local en cuanto a los cortes, referidos que siempre que habiliten de alguna manera el paso cada tanto, o busquen un camino alternativo, la conducta pasa a ser un reclamo y no constituiría un entorpecimiento de las vías de comunicación, esa es la jurisprudencia local, con la que nosotros coincidimos”.

 

 

“En principio no habría comisión de delito siempre que los ciudadanos pudieran transitar, con la limitación propia de una protesta, pero limitaciones a veces las hay por otras circunstancias y tampoco hay delito, como demoras o un accidente o lo que sea. Ese es el criterio jurisprudencial, ahora si se corta definitivamente el tránsito, ahí si constituye un delito y ahí si intervenimos”.

 

“El derecho a libre a tránsito está garantizado con la limitaciones propias de un reclamo que quienes participan sabrán si es justo o no, eso no lo analiza la justicia. Si el tránsito se habilita cada tanto, obviamente, no cada seis meses por supuesto, si no se interrumpe definitivamente, en principio no hay delito” culminó el fiscal.

 

Fuente: Radio República

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